Producto mediante el cual Davivienda paga al vendedor en el exterior, utilizando sus recursos en moneda extranjera, este pago se efectúa antes del despacho de la mercancía por parte del proveedor hacia el territorio nacional de manera parcial o total. Davivienda le otorga un plazo de financiación al cliente, dentro de los términos establecidos por las autoridades cambiarias.
Producto destinado a aquellos importadores que no cuentan con la liquidez suficiente en caja y que tienen autorizado un cupo de crédito con el Banco Davivienda.
Medidas de seguridad
Las transferencias enviadas vía Swift, viajan con una seguridad absoluta.
Consecuencias derivadas del incumplimiento
Si la obligación entra en mora puede haber reporte de una mala calificación para el cliente y una pérdida de credibilidad frente a Davivienda.
El producto se cancela en el momento en que se realiza el pago de la obligación. Para ello, debe realizarse la negocian las divisas con la mesa de dinero del Banco y se debe presentar el formulario del Banco de la República número 3 (declaración de cambio por endeudamiento externo).
Si se tiene cuenta de compensación, se realiza girando los recursos (capital e intereses) a favor del Banco Davivienda.
Características
Esta operación reviste un alto grado de riesgo y está basada en la confianza y buena fe entre el comprador (importador) y el vendedor (exportador), pues no hay garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones de las partes.
Beneficios
Financiación inmediata para atender su pago al proveedor.
Agilidad en el pago al beneficiario en el exterior.
Condiciones para acceder al producto
Para el otorgamiento del Giro Financiado Anticipado, el cliente debe contar con cupo de crédito aprobado (VMA) por Banco Davivienda y haber constituido las garantías correspondientes. Además debe anexar los siguientes documentos:
Solicitud de crédito moneda extranjera.
Cotización o factura proforma y anexar los formularios del Banco de la República 6 (información de endeudamiento externo otorgado a residentes) y 3A (informe de desembolsos y pagos de endeudamiento externo) debidamente diligenciados.
Derechos del cliente
Sin perjuicio de los derechos consagrados en otras disposiciones, el cliente tendrá todos los derechos consagrados en la Ley 1328 de 2009.
Obligaciones del cliente
Realizar los pagos conforme a lo acordado.
Actualizar por lo menos una vez al año la información suministrada.
En el evento de no recibir oportunamente el estado de cuenta debe reclamarlo o solicitar la información concerniente a su facturación, sin omitir el pago de sus obligaciones.
Cumplir las demás obligaciones contempladas en la Ley 1328 de 2009.